TEPJF avala al INE quien declinó investigar “operación acordeón”

Por mayoría de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) respaldó al Instituto Nacional Electoral (INE) en su decisión de no investigar la presunta “operación acordeón” atribuida al Gobierno de la Ciudad de México y al partido Morena previo a la elección judicial del 1 de junio.

El fallo, emitido este miércoles, determinó que el INE actuó correctamente al desechar la queja presentada por la asociación civil Proyecto Justicia Común, al considerar que no se presentaron pruebas suficientes para iniciar una investigación.

La decisión fue aprobada con los votos a favor de los magistrados Felipe de la Mata -ponente del caso-, Felipe Fuentes Barrera, Mónica Soto y Janine Otálora, esta última con un voto concurrente. El único magistrado que se opuso fue Reyes Rodríguez Mondragón.

Mónica Soto; Foto: https://www.facebook.com/TEPJF

El caso surgió tras una denuncia presentada por Proyecto Justicia Común, que acusó a Morena y a funcionarios públicos de distribuir propaganda electoral -conocida como “acordeones”- en violación a los principios de equidad en la contienda judicial.

En su defensa, el INE sostuvo que la denuncia carecía de elementos concretos que sustentaran las acusaciones. El magistrado Felipe de la Mata, en su proyecto de sentencia, respaldó esta postura al señalar que el denunciante omitió proporcionar detalles específicos sobre los hechos.

“El denunciante no señaló las circunstancias de modo, tiempo y lugar respecto de hechos concretos”, indicó el magistrado en el documento identificado como SUP-REP-247/2025.

El magistrado Reyes Rodríguez Mondragón manifestó su desacuerdo, argumentando que el INE debió realizar una investigación más exhaustiva. “Pudo haber requerido información al banco sobre los cheques mencionados o solicitado datos adicionales al periódico Reforma, que publicó las notas sobre el caso”, afirmó.

Por su parte, el magistrado Felipe Fuentes defendió la postura mayoritaria: “Las autoridades no pueden actuar sólo por meros rumores o conjeturas. Se necesitan pruebas concretas, y en este caso no se presentaron”.

La decisión del TEPJF cierra temporalmente el caso, aunque deja abierta la posibilidad de nuevas investigaciones si se presentan pruebas adicionales. El fallo también reafirma la autonomía del INE en la evaluación de denuncias electorales.

Mientras tanto, organizaciones civiles han expresado su preocupación por lo que consideran un precedente que podría debilitar los mecanismos de fiscalización en procesos electorales.

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Redacción

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