Senado homologa delito de abuso sexual en el país

El Senado aprobó una reforma que homologa el delito de abuso sexual en todo el país y establece que el consentimiento no será inferido por el silencio o la falta de resistencia de la víctima, en una sesión donde 97 legisladores de todos los grupos parlamentarios avalaron el dictamen, el cual señala qué cambia en la ley, quién impulsó la medida, cuándo fue aprobada, dónde tendrá efecto, cómo se aplicará y por qué fue presentada tras hechos recientes.

La reforma fue aprobada un mes después de que la presidenta Claudia Sheinbaum fue víctima de abuso sexual mientras caminaba por el Centro Histórico. Dos días después de ese incidente, el gobierno federal presentó un Plan Integral contra el abuso sexual y legisladoras federales sostuvieron reuniones con diputadas de todas las entidades para trabajar en la propuesta legislativa que culminó en la decisión del Senado.

El dictamen establece que el delito de abuso sexual será perseguido de oficio en cuanto las autoridades tengan conocimiento del caso, sin que sea necesaria la denuncia formal de las víctimas. También define como abuso sexual cualquier tocamiento, caricia o roce sin consentimiento y sin intención de llegar a la cópula, tanto en espacios públicos como privados, así como obligar a la víctima a observar un acto sexual o a mostrar su propio cuerpo.

La reforma aclara de manera explícita que el consentimiento no puede presumirse por la falta de resistencia. En el documento se advierte que, por distintos factores, principalmente el miedo, muchas víctimas se “congelan” durante la agresión. El texto señala: “No se considera consentimiento cuando la voluntad de la persona haya sido anulada o viciada por violencia, intimidación, engaño, amenaza, abuso de confianza, autoridad o situación de vulnerabilidad. El consentimiento no podrá presumirse del silencio, la pasividad o la falta de resistencia física de la víctima”.

En cuanto a las sanciones, la reforma determina que quien cometa abuso sexual enfrentará penas de tres a siete años de prisión y una multa que puede llegar a las 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA): 56 mil 570 pesos. Además, los años de cárcel aumentarán un tercio si el delito se comete con violencia física o psicológica, por dos o más personas, en un lugar solitario o si el agresor es alguien de confianza de la víctima, como un maestro, médico, pariente, jefe, líder religioso o una persona encargada de su cuidado. También se establece un aumento de pena si la víctima estaba bajo los efectos de alcohol o drogas, o dormida.

Otras agravantes incluyen que el abuso sexual sea cometido por alguien que tenga bajo su responsabilidad la custodia, guarda, tutela o dependencia económica de la víctima. Si la persona agresora es servidora pública y se aprovecha de su cargo, será destituida e inhabilitada para ejercer el servicio público. Las penas también se incrementan si el agresor es profesionista y utiliza esta condición para cometer el delito, si es sacerdote o ministro de culto, o si el abuso se comete contra personas por su orientación sexual, identidad de género o expresión de género.

Entre las sanciones adicionales se establece que las personas agresoras deberán asistir a talleres reeducativos con perspectiva de género y no violencia contra las mujeres, y se podrá ordenar la prestación de servicio social en beneficio del Estado o de instituciones de asistencia pública.

En la misma sesión, el Senado aprobó un dictamen con reformas a diversas leyes federales y generales para fortalecer la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, asegurar el derecho a una vida libre de violencias e incorporar la perspectiva de género y los deberes reforzados de protección del Estado. Estas reformas armonizan el marco legal en áreas como educación, salud, trabajo, seguridad social, migración y procedimientos civiles y familiares.

La iniciativa, propuesta por la presidenta Claudia Sheinbaum, alinea y armoniza 17 leyes federales y generales derivadas de reformas constitucionales y de la creación de la Secretaría de las Mujeres en 2024. El dictamen también consolida la creación de dicha secretaría y reorganiza el Sistema Nacional para la Igualdad Sustantiva, encabezado por Citlalli Hernández, actual titular de la Secretaría de las Mujeres, con la participación de todas las Secretarías de Estado, titulares del IMSS, ISSSTE, DIF y gobernadoras y gobernadores de los 32 estados. Además, podrán participar como invitadas permanentes representantes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y las comisiones de igualdad de género del Congreso.

La reforma establece que la Secretaría de las Mujeres será la única autoridad facultada para declarar la Alerta de Violencia de Género y coordinar el Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar las Violencias. La Secretaría de Gobernación tendrá la función de promover una cultura de respeto a los derechos humanos y vigilar que los medios de comunicación no fomenten la violencia.

El Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares ahora obliga a juzgar con perspectiva de género y aplicar deberes reforzados de protección en casos como violencia familiar, pensiones alimenticias o custodia. La Ley Federal del Trabajo mandata promover acciones para erradicar prácticas que generen brecha salarial, mientras que la Ley General de Educación incorpora la perspectiva de género de manera transversal en todos los niveles.

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Filiberto Cruz

Filiberto Cruz