México impone aranceles a calzado chino por dumping

La Secretaría de Economía (SE) impuso cuotas compensatorias definitivas a las importaciones de calzado originarias de China, tras concluir una investigación que determinó que estos productos ingresaron al mercado mexicano en condiciones de dumping, causando un daño significativo a la industria nacional. La resolución, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF), establece cargos que oscilan entre 0.54 y 22.50 dólares por par para el calzado cuyo precio de importación sea inferior al valor de referencia de 22.58 dólares. La medida, que tendrá una vigencia inicial de cinco años, busca corregir los efectos lesivos de la discriminación de precios y restablecer condiciones equitativas de competencia.

La investigación antidumping que derivó en esta medida fue iniciada formalmente por la Secretaría de Economía el 26 de abril de 2024. El proceso investigativo recabó y analizó información presentada por 21 empresas importadoras, 26 exportadoras chinas y más de 30 productoras nacionales de calzado, además de incluir las posturas de diversas cámaras y asociaciones empresariales del sector. La amplitud de la participación buscó garantizar una visión comprehensiva del mercado y el impacto de las importaciones.

Entre las empresas productoras mexicanas que formaron parte de la investigación destacan Advanxe Manufacturera, Calzado Blasito, Evapol Industrial y Grupo Panam de México. Por el lado de las compañías importadoras involucradas en el proceso se encuentran nombres de gran relevancia en el retail nacional como Adidas Industrial, C&A México, Coppel, Nike de México, Puma México Sport y Tiendas Chedraui. Asimismo, entre las exportadoras chinas que participaron figuran Anqiu Haiwang Shoes & Hat Garment, Apache Footwear Limited y Zhejiang Bidibi Shoes.

El análisis de la Secretaría de Economía concluyó de manera definitiva que los precios de los productos originarios de China representaban una práctica de competencia desleal para los fabricantes mexicanos. La dependencia federal determinó que el volumen y los precios de las importaciones investigadas tuvieron un efecto negativo en los indicadores económicos de la industria nacional, incluyendo producción, ventas, utilización de capacidad instalada, empleo y rentabilidad.

En su resolución publicada en el DOF, la Secretaría de Economía enfatizó que el propósito fundamental de las cuotas compensatorias no es inhibir la competencia en el mercado interno, sino “corregir los efectos lesivos de las importaciones en condiciones de discriminación de precios y restablecer las condiciones equitativas de competencia”. La dependencia señaló que la medida busca “proporcionar condiciones leales de competencia y defender los intereses de la planta productiva nacional”.

Esta decisión se enmarca en un contexto más amplio de refuerzo de los mecanismos de defensa comercial por parte de México, ante la creciente presión que enfrentan las industrias locales por la competencia externa en sectores clave como el acero, el textil y ahora el calzado. Las cuotas compensatorias se suman a otras acciones implementadas previamente por el gobierno mexicano para proteger a la industria nacional del calzado.

Entre estas medidas complementarias se encuentra el decreto que suspende temporalmente la importación de calzado terminado, así como diversas iniciativas orientadas al combate de la piratería y el contrabando de productos provenientes de China. La política comercial refleja una estrategia coordinada para abordar las distorsiones del mercado.

Recientemente, la semana pasada, el gobierno también prohibió, mediante una publicación en el DOF, la importación de 370 fracciones arancelarias bajo el programa de IMMEX. Entre los productos incluidos en esa restricción se encuentran el azúcar de caña y sus derivados, jarabes, alcohol etílico, así como textiles y calzado, lo que evidencia una tendencia hacia el fortalecimiento de las barreras comerciales para proteger sectores industriales específicos. La vigencia de cinco años de las cuotas al calzado chino está sujeta a una posible prórroga, la cual será evaluada en función de si las condiciones de mercado lo ameritan al final de ese período.

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Filiberto Cruz

Filiberto Cruz