Un juzgado del sistema penal acusatorio de Campeche declaró improcedente el recurso de revocación presentado por el diario Tribuna y ordenó a este medio entregar en 48 horas el nombre y datos del responsable de sus redes sociales para someter sus publicaciones a censura judicial. La resolución del 28 de julio, emitida por la jueza Edelmira Jaqueline Cervera Sánchez, forma parte de una medida cautelar para “verificación de publicaciones” relacionadas con la gobernadora Layda Sansores San Román.
La medida establece que en caso de incumplimiento, se impondrá a la Organización Editorial del Sureste -editora del periódico- una multa de 5,657 pesos. Según publicó Tribuna en sus redes sociales, esta disposición “busca inhibir cualquier publicación o crítica que exhiba la falta de resultados antes del cuarto Informe de gobierno”, lo que calificaron como un acto que “vulnera la libertad de expresión y el derecho a la información”.
El medio informativo denunció que se trata de “una medida inédita” que constituye “un acto de censura previa” y que representa “un mecanismo para controlar contenidos y restringir el trabajo periodístico independiente en Campeche”. Esta resolución se suma a otras medidas cautelares dictadas el 15 de julio por la jueza Ana Maribel de Atocha Huitz May contra el periodista Jorge Luis González Valdez y el mismo diario, que ahora tendrán interventores designados por el Tribunal Superior del Estado para revisar sus contenidos antes de publicación.
El caso ha generado preocupación entre organizaciones defensoras de la libertad de prensa, que ven en estas medidas un precedente peligroso para el ejercicio periodístico en México. Las resoluciones judiciales se enmarcan en un contexto de tensiones entre el gobierno de Campeche y medios críticos, particularmente en vísperas del cuarto informe de gobierno de la mandataria estatal.

La medida afecta directamente las operaciones editoriales de Tribuna, uno de los principales medios impresos de la región sureste. La orden de entregar datos personales del responsable de redes sociales ha sido interpretada por el medio como una forma de intimidación que podría exponer a sus colaboradores a riesgos profesionales y personales.
Este tipo de resoluciones judiciales que establecen mecanismos de revisión previa de contenidos son consideradas por expertos en libertad de expresión como una forma de censura indirecta, prohibida por estándares internacionales. La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha establecido que la censura previa solo es admisible en casos excepcionales que involucren riesgos graves e inminentes, no para proteger la imagen de funcionarios públicos.
El diario Tribuna ha anunciado que analiza las acciones legales a seguir para defender su derecho a informar. Mientras tanto, deberá cumplir con la orden judicial bajo pena de sanciones económicas. El caso podría escalar a instancias federales, donde se determinará si estas medidas cautelares violan garantías constitucionales y tratados internacionales firmados por México en materia de libertad de expresión.
Organizaciones como Artículo 19 y la Sociedad Interamericana de Prensa han manifestado su preocupación por el creciente uso de mecanismos judiciales para limitar el trabajo periodístico en México. Este caso en Campeche se suma a otros similares registrados en diferentes estados del país, donde medios críticos enfrentan demandas, medidas cautelares y otros recursos legales que, según expertos, buscan silenciar su labor informativa.
La gobernación de Campeche no ha emitido declaraciones oficiales sobre el caso. Sin embargo, fuentes cercanas al gobierno estatal señalan que las medidas responden a presuntas publicaciones falsas o difamatorias contra la administración. El diario Tribuna, por su parte, mantiene que su cobertura ha sido rigurosa y basada en hechos verificables.