Medios de comunicación informaron que el Vicealmirante Manuel Roberto Farías Laguna y el Contraalmirante Fernando Farías Laguna, ambos involucrados en una investigación por robo de combustible, buscan mantenerse como miembros activos de la Secretaría de Marina. Debido a lo anterior sus abogados pidieron respetar sus derechos laborales y aseguraron que ambos mandos no han sido sentenciados por ningún delito por lo cual piden se respete su presunción de inocencia.
El despacho Epigmenio Mendieta & Asociados consideró que se trata de militares de carrera pertenecientes a la milicia permanente, formados durante décadas para el servicio profesional y continuo del Estado mexicano. Esta condición, subrayó, implica un régimen jurídico particular que no puede equipararse al de un empleo ordinario ni resolverse mediante decisiones anticipadas derivadas únicamente de la existencia de investigaciones o procesos en curso.

El comunicado destaca que la presunción de inocencia, consagrada en el artículo 20 constitucional, establece que toda persona debe ser considerada inocente mientras no exista una sentencia condenatoria firme. Este principio, precisa el despacho, no sólo tiene efectos en el ámbito penal, sino que también se extiende a los ámbitos administrativo y laboral, por lo que debe ser observado por todas las autoridades competentes.
Asimismo, se explicó que la prisión preventiva, cuando es impuesta, tiene un carácter estrictamente cautelar y no punitivo. En ese sentido, no equivale a una condena ni implica, por sí misma, la pérdida automática de derechos laborales, administrativos o patrimoniales. Esta interpretación ha sido reiterada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, según se señala en el posicionamiento.
En el caso específico del personal de las Fuerzas Armadas, y particularmente de quienes integran la milicia permanente, el despacho indicó que la separación definitiva del servicio, la baja o la suspensión de haberes únicamente pueden derivarse de una sentencia ejecutoriada o de un procedimiento administrativo debidamente instaurado y resuelto, siempre con pleno respeto al debido proceso legal.

El documento puntualiza que la existencia de una investigación penal, una vinculación a proceso o incluso una orden de aprehensión no constituye una sanción en sí misma. Tampoco autoriza legalmente a privar a una persona de derechos adquiridos sin una resolución firme, fundada y motivada, conforme a lo establecido en los artículos 14 y 16 de la Constitución. En consecuencia, se afirma que no es irregular que los elementos que permanecen en servicio activo reciban las prestaciones que conforme a derecho correspondan.
Finalmente, el Despacho Epigmenio Mendieta & Asociados reiteró que el respeto al Estado de Derecho exige no anticipar sanciones ni emitir juicios de culpabilidad fuera de los cauces institucionales. También subrayó la importancia de garantizar que cualquier determinación relacionada con la situación jurídica, administrativa o laboral de los militares involucrados se adopte estrictamente conforme a la ley y a los principios constitucionales vigentes.
Las indagatorias de la Fiscalía General de la República (FGR) señalan que la red encabezada por los hermanos Farías habría utilizado su posición dentro de la institución para influir en el despacho y la documentación de buques en los puertos de Altamira y Tampico, facilitando el ingreso de 31 embarcaciones con combustible de contrabando entre 2024 y 2025.
El esquema presuntamente incluía la colocación de personal afín en aduanas marítimas, la falsificación de documentos para declarar hidrocarburos como otros productos y evasión de impuestos.
El caso cobró notoriedad tras la revisión de un buque que llegó desde Texas, que había declarado transportar aditivos pero contenía millones de litros de diésel sin la documentación correspondiente. Este hallazgo impulsó la apertura de la investigación y la posterior detención de Farías Laguna junto con otras nueve personas.





